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Jueves, 28 Septiembre 2023 14:18

Nuevas medidas de alivio fiscal para MiPymes, autónomos y monotributistas.

El Ministerio de Economía oficializó nuevas medidas de alivio fiscal para MiPymes, autónomos y monotributistas.

A continuación un resumen de las principales medidas instrumentadas a través de la  Resolución (ME ) 1416/2023:

Alivio fiscal para autónomos

-Prórroga del pago del aporte personal de los periodos  septiembre, octubre, noviembre y diciembre.

-Prórroga del pago de IVA de los periodos septiembre, octubre, noviembre y diciembre.

Las nuevas fechas de vencimiento para el pago de las obligaciones prorrogadas en el párrafo anterior, no podrá ser anterior al 1 de marzo de 2024.

-Actualización de importes de la escala de retención del impuesto a las ganancias. Se  modifica el régimen de retención del impuesto a las ganancias, establecido por la Resolución General 830 del 26 de abril de 2000 y sus modificaciones de la  Administración Federal, a los fines de actualizar los importes de la escala y/o alícuotas aplicables para el cálculo de la citada retención cuando se trate de pagos por el ejercicio de profesiones liberales u oficios.

Nuevo monto no sujeto a retención de $160.000

Alivio fiscal para pymes

-Nuevo Plan de pago de facilidades de pagos destinado a:  las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramo 1- con "Certificado MiPyME" vigente a la fecha de adhesión al plan,  las personas humanas y sucesiones indivisas que sean consideradas pequeños contribuyentes en los términos que determine ese organismo , las entidades sin fines de lucro que se encuentren registradas ante la mencionada Administración Federal al momento de adhesión al plan de facilidades de pago, bajo alguna de las formas jurídicas que aquella determine, y  demás pequeños contribuyentes que ese organismo disponga, que permitirá regularizar deuda con las siguientes condiciones:

  • 120 cuotas mensuales
  • Vigente hasta el 31/12/2023
  • Permite incluir Obligaciones vencidas hasta el 31/08/2023
  • Permite incluir planes caducos
  • Tasa de interés 4,14 mensual (70% de la tasa de Interés Resarcitorio)

Además se dispone la suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares para los contribuyentes mencionados en el inciso anterior, hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive.

Alivio fiscal para monotributistas

-Suspensión de las exclusiones por superar el límite de facturación hasta la actualización de la escala el año que viene y suspensión de baja automática por falta de pago.

Conclusión

 Es importante aclarar que a la fecha, faltan de reglamentar por Afip algunas de estas medidas. Desde el punto de vista fiscal y su impacto en los contribuyentes autónomos y pymes considero que estas medidas son escasas y apenas paliativos transitorios, está claro que en nuestro país es necesario realizar una reforma integral del sistema tributario haciendo hincapié en disminuir y controlar el déficit fiscal.

 

Ramiro Montes

Contador Público y Magister en Administración de Empresas

Fundador de Estudio Montes & Asociados

Miembro de la AAEF

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MIEMBRO DE LA ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ESTUDIOS FISCALES

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