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Jueves, 13 Julio 2023 23:15

SANTA FE. MODIFICACIONES EN EL REGISTRO ÚNICO DE PRODUCCIONES PRIMARIAS. RUPP

Qué modificaciones introdujo el decreto (Santa Fe) 1013/2023 al Registro Único de Producciones Primarias?

Vale la pena recordar que mediante el decreto (Santa Fe) 1724/2017 se creó el “Registro Único de Producciones Primarias”, destinado, a concentrar todas las gestiones e información relativa a las actividades productivas primarias que sean desarrolladas por personas humanas o jurídicas en el ámbito local.

Entre los considerandos del decreto (Santa Fe) 1013/2023 se señala: a) Que dicha base registral procuró simplificar y disminuir la cantidad de trámites y documentación en hojas de papel requerida para las diferentes actuaciones administrativas, suplantando la diversidad de registros existentes anteriormente y su consecuente multiplicidad de trámites; b) Que el Registro ha sido diagramado en aras de recabar información oportuna para la toma de decisiones estatales y el desarrollo de las políticas públicas consecuentes; c) Que como herramienta de gestión política-pública resulta elemental que la información disponible en dicho registro resulta representativa de la producción primaria actual en el territorio.


El Estado Provincial reconoce que a pesar de los objetivos planteados, la realidad evidencia que los índices de registración de productos agropecuarios en la plataforma son exiguos y que ello, en gran parte, se debe a que la periodicidad y condiciones de carga de documental –estipuladas en el Anexo Único del acto mencionado– hacen del procedimiento un trámite que podría simplificarse. Por tal motivo a efectos de brindar exactitud en los datos de la materia e incentivar a los productores a la oportuna registración de actividades, se propone disminuir los momentos de carga de documental en dos fechas: mayo y noviembre de cada año, vinculados a los momentos de cosecha y siembra e intención de siembra de los principales cultivos de gruesa y de fina.


Así las cosas, a través del artículo 1° del decreto (Santa Fe) 1013/203 se procedió a modificar la fecha de presentación de la información. El inciso 2) del Anexo Único quedó redactado de la siguiente manera: “2. Las cargas en el sistema registral se realizarán en los meses de mayo y noviembre, durante la segunda quincena del mes”.

Fuente: santafe.gob.ar

 

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