Asimismo, se extiende la doble indemnización hasta el 31/12/2021, y a los efectos de establecer el cálculo de la indemnización definitiva, el monto correspondiente a la duplicación no podrá exceder, en ningún caso, la suma de $ 500.000.
Además, se ratifica que el coronavirus será considerado como enfermedad profesional
Fuente: ERREPAR