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El ministro de economía impulsa en el Congreso un impuesto para que las empresas paguen un piso del 15% de su utilidad contable anual, eliminando de esta manera la tributación sobre la utilidad neta del período para empresas pymes tramo 2 y grandes compañías, aspira a que el proyecto se trate junto con el presupuesto 2024, luego de las elecciones del 22 de octubre

La medida surge en medio de la fuerte tensión cambiaria, por la misma, se amplía el parking a cinco días hábiles.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) con el objetivo reducir la volatilidad del mercado cambiario y evitar las maniobras elusivas como las que se han detectado en las últimas semanas, estableció nuevos requisitos para la venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera, así como para las transferencias de valores negociables de cartera propia a entidades depositarias del exterior. Según pudo conocer Ámbito, la medida se tomó con la finalidad de frenar las tensiones que se habían evidenciado en las últimas horas en el mercado de los dólares paralelos y financieros, tanto en el dólar MEP (o bolsa) como en el contado con liquidación (CCL) que utilizan las empresas

A través de una Resolución publicada este viernes en el Boletín Oficial, el organismo busca mitigar el riesgo de fuga de capitales, así como de lavado de dinero.

En particular, los nuevos requisitos establecen que:

-Los agentes de liquidación y compensación y los agentes de negociación no podrán dar curso ni liquidar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera, tanto en jurisdicción local como extranjera, correspondiente a clientes ordenantes en tanto estos últimos mantengan posiciones tomadoras en cauciones y/o pases, cualquiera sea la moneda de liquidación.

-Para dar curso a transferencias de valores negociables adquiridos con liquidación en moneda nacional a entidades depositarias del exterior, deben observarse los siguientes plazos mínimos de tenencia de dichos valores negociables en cartera:

Un (1) día hábil en el caso de valores negociables emitidos bajo ley argentina.

Cinco (5) días hábiles en el caso de valores negociables emitidos bajo ley extranjera.

Estos nuevos requisitos tienen como objetivo mitigar el riesgo de fuga de capitales, así como de lavado de dinero.

¿Qué establece la Resolución 979?

Establece algunas disposiciones en forma transitoria con el objetivo de mantener una política que permita regular con mayor eficiencia el mercado de capitales y su vínculo con el régimen de cambios.

Las medidas se toman en colaboración con el Banco Central (BCRA) y buscan reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre el normal funcionamiento de la economía real.

¿Cuáles son las modificaciones?

1) Se establece un plazo de permanencia de 5 (cinco) días hábiles –pasó de 3 a 5 días hábiles- para la venta de valores negociables de legislación extranjera con liquidación en moneda extranjera, y para realizar transferencias emisoras y receptoras.

Ejemplo: cuando se compra un GD30 en Argentina hay que esperar 5 días para transferirlo al exterior (transferencia emisora). En el caso de transferencia receptora (del exterior a la Argentina) hay que esperar 5 días para liquidarlo. Se trata de operaciones corporativas o de Alycs con operaciones con cartera propia.

2) Pasa de 15 a 30 días el plazo para vender los dólares obtenidos con estas operaciones con bonos soberanos.

3) Cuando las ALyC operen con cartera propia en mercados del exterior por “mandato” de sus clientes, solo podrán hacerlo en segmentos de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo (PPT) de mercados autorizados bajo control y fiscalización de una entidad gubernamental regulatoria.

Adicionalmente, las ALyCs deberán presentar una declaración jurada semanal con todas las operaciones concertadas en mercados del exterior (tanto propias como por mandato) detallando especie, cantidad, precio y contraparte.

4) Cuando las ALyC (sociedades de bolsa) operan con cartera propia, deben terminar, al final del día, habiendo vendido la misma cantidad de bonos soberanos que los que compró, con liquidación en dólares, en el mismo día, mismo plazo de liquidación y misma especie.

¿A quién afectan estas modificaciones?

Estas modificaciones tienen impacto en la operatoria de las carteras propias de ALyCs, no teniendo un efecto significativo sobre la operatoria de los clientes, según la comunicación oficial.

Esta medida se suma a otra implementada esta semana en la que la CNV, en colaboración estrecha con laAFIP, desplegó una operación conjunta de supervisión en el corazón del Mercado Bursátil, abocada a asegurar su transparencia e integridad.

Así, esta iniciativa implica un meticuloso análisis de una cantidad significativa de operaciones bursátiles. El foco principal radica en examinar a fondo la capacidad financiera de los clientes de las casas de bolsa, evaluando su aptitud para llevar a cabo dichas transacciones.

 

Fuente: Ambito

Se prorrogan los vencimientos del aporte personal y del IVA de los períodos de septiembre a diciembre de 2023                                                                                             

La AFIP, a través de la resolución general 5422 publicada en el Boletín Oficial , dispone la prórroga del vencimiento de las obligaciones de pago, hasta la fecha que en para cada caso se indican, correspondientes a los trabajadores autónomos, excepto para aquellos los sujetos que realicen la dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo -tabla I del anexo II del decreto 1866/2006-.

El Ministerio de Economía oficializó nuevas medidas de alivio fiscal para MiPymes, autónomos y monotributistas.

A continuación un resumen de las principales medidas instrumentadas a través de la  Resolución (ME ) 1416/2023:

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