Novedades

Con la emisión de la Resolución General Nº 4132, la AFIP castiga a los contribuyentes que registren inconsistencias y /o incumplimientos, autorizándolos sólo a emitir factura M y en reemplazo de las A.

Se aprueba el Sistema de Capacidad Económica Financiera (Sistema CEF), el cual servirá como instrumento para la gestión de riesgos en materia de administración tributaria, impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social, con el objeto de detectar simulaciones de situaciones fiscales o patrimoniales distintas a las reales.

El mismo se basará en los datos brindados por el propio contribuyente y/o por terceros con relación a su condición y actividad económica, patrimonial y financiera, y calculará mensualmente una valoración de la Capacidad Económica Financiera de cada contribuyente, como parámetro representativo de la capacidad para realizar ciertos actos económicos.

Los parámetros que se considerarán a efectos de la valoración serán, entre otros, las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta, bienes personales e IVA, hipotecas, compra o venta de inmuebles, rodados y bienes de uso, remuneraciones abonadas u obtenidas por el trabajo en relación de dependencia, consumos con tarjetas de crédito o débito, pago de expensas y deudas bancarias y financieras.

Dicho Sistema se encontrará disponible en el sitio web de la AFIP, accediendo con clave fiscal, dentro del Sistema Registral, para consultar la valoración asignada. El contribuyente podrá solicitar su reproceso a través del servicio Sistema Registral, opción “Solicitud de Reproceso”, y la AFIP realizará un nuevo proceso con la información actualizada presentada por el mismo dentro de los 5 días corridos, lo que será comunicado al domicilio fiscal electrónico que se encuentre registrado. También se podrá manifestar la disconformidad a través de la opción “Solicitud de Disconformidad”, con la posterior presentación de una multinota en la dependencia correspondiente, acompañada de los elementos que avalen el reclamo efectuado por sistema, justifiquen el incremento de su capacidad económica financiera y acrediten el origen de los elementos que configuran dicha suba.

Por último, señalamos que las presentes disposiciones resultarán de aplicación a partir del 26/9/2018.

Se incrementan los valores máximos de las ventas totales anuales para ser consideradas micro, pequeñas y medianas empresas, según el siguiente detalle:

Agosto 14, 2018

Capacitación

El día lunes 13/8, el CPN Juan Ignacio Aimar integrante del Estudio Contable Montes estuvo participando del 1er curso sobre Reforma Impositiva - Ley 27.430  transmitido on line por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, con el objetivo de afianzar conocimientos de acuerdo a los cambios propuestos por la reforma.

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