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Miércoles, 11 Marzo 2020 00:00

Importancia de obtener el Certificado PyMe

Por MNA Sara Bosco, para Gálvez Hoy

Además de acreditar tu condición como PyME ante la AFIP y terceros organismos e instituciones, te permite acceder a financiamiento, beneficios impositivos y programas de asistencia para tu empresa.

Últimamente AFIP dispuso de nuevos beneficios a los cuales pueden acceder los contribuyentes que cuenten con Certificado Pyme vigente, entre ellos:

-Tener la posibilidad de adherir al plan de Regularización de Obligaciones Tributarias, de la Seguridad Social y Aduaneras, el que incluye condonación de intereses, sanciones y la extinción de la acción penal. (MORATORIA)

 -Aplicar la alícuota reducida para el pago de las contribuciones patronales del 18% para los empleadores.

-No pagar la tasa adicional del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias, prevista en el segundo párrafo del Artículo 1º de la Ley 25.413 y sus modificaciones, incorporado por el artículo 45 de la Ley Nº 27.541 para micros y pequeñas empresas.

-Beneficio de  exención del Régimen de Retención de IVA y Ganancias para pagos electrónicos. Recuerden que es automática la caracterización para Microempresas con Certificado vigente, pero las potenciales Microempresas deberán realizar por medio de sistema registral la caracterización: “430-BENEFICIO EXIMICION DE RETENCIONES – PAGOS ELECTRONICOS”.

-Suspensión de las medidas cautelares hasta 31/3/2020.

 -Eximición del pago de las contribuciones patronales al SIPA  con relación al incremento salarial del decreto 14/2020.

Recordemos también que había beneficios que ya estaban vigentes antes de estas modificaciones, por ejemplo:

- IVA Diferido: se puede solicitar el pago del IVA a 90 días

- Desgravación de los Derechos de Exportación para las MiPyMES que exporten servicios mientras no supere anualmente la suma acumulada de USD 600.000.

 -Certificado de no retención de IVA, las micro, pequeñas y medianas empresas pueden solicitar el beneficio cuando sus Declaraciones Juradas de IVA tengan  saldo a favor durante dos períodos fiscales consecutivos anteriores al pedido.

Compensación del impuesto al cheque en el pago de Ganancias, las  micro o pequeñas empresas pueden compensar con el pago de Ganancias el 100% del impuesto al cheque y las empresas industriales mediana tramo 1, el 60%.

-Acceder a la Factura de Crédito Electrónica que permitiría mejores condiciones de financiación para las micro, pequeñas y medianas empresas mediante el cobro anticipado de los créditos y de los documentos por cobrar emitidos a sus clientes y/o deudores.

Avales de sociedades de garantías recíprocas (SGR) para acceder a créditos entre otras cosas para Descuento de cheques de pago diferido, Leasing, etc.

VIGENCIA Y PLAZOS PARA SOLICITARLO

Actualmente el certificado se obtiene ingresando al servicio: “Pyme solicitud de categorización y/o beneficios” mediante CUIT y Clave Fiscal.

Una vez cargados los datos según la condición particular del solicitante, se obtiene el formulario 1272 y posteriormente llega por ventanilla electrónica la confirmación de la solicitud, pudiendo luego descargar dicho certificado para ser presentado ante quien corresponda.

El certificado emitido tiene validez hasta el último día hábil del cuarto mes posterior a la fecha de cierre, y desde el 06/12/2019 según Resolución 4642/2019 de AFIP se dispuso su renovación automática para todos aquellos que hayan cumplido con sus presentaciones impositivas.

Creemos que es una herramienta disponible muy útil, que los contribuyentes no deben dejar pasar, en virtud de los beneficios mencionados, y pudiendo acceder a los mismos para ayudar a paliar la situación económica actual de las pequeñas empresas, un sector castigado de la economía, no solo a nivel nacional, sino a nivel regional y local, permitiéndoles regularizar en muchos casos atrasos impositivos y previsionales, en otros, reduciendo su carga impositiva.

 

MNA Sara Bosco

Responsable Área Laboral de Estudio Contable Montes

Estudio Montes & Asociados

MIEMBRO DE LA ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ESTUDIOS FISCALES

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